
Autores:

Corrige CNDH a Prodheg por recomendación ante abuso policiaco en Silao
En 2019, Israel Almaguer fue golpeado y gaseado tras ser detenido por agentes municipales, pidió una revisión médica y la juez calificadora se negó; la víctima no se consideró reparada por la recomendación del ombudsperson estatal
La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió al presidente municipal de Silao, el morenista Carlos García Villaseñor, una recomendación por un caso de abuso policiaco, contra Israel Almaguer Medel, ex director de Desarrollo Social, quien posterior a los hechos, presentó una queja ante la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, institución que aunque emitió sus propias recomendaciones al municipio, la víctima consideró que no se satisfacía la reparación del daño sufrido.

Aunque la recomendación del organismo nacional se dio a conocer este miércoles, el documento fue emitido el pasado 20 de junio, más de tres años después de que ocurrieron los hechos, por lo que la CNDH también destaca "una dilación excesiva" del municipio al desahogar documentos o resoluciones.
En su resolución, pide el Municipio dé seguimiento, vía la Unidad de Asuntos Internos y la Contraloría Municipal, a las denuncias administrativas que se presenten contra los nueve policías y la juez calificadora señalados; así como la denuncia ante Fiscalía General del Estado contra esos mismos oficiales.
Así mismo, la comisión nacional pide para el quejoso una compensación justa y que se le otorgue la atención médica y psicológica que requiera, y para los señalados que aún permanezcan en la corporación, cursos de derechos humanos dentro del plazo de 3 meses, a partir de la aceptación de la presente Recomendación, para evitar futuras violaciones y excesos.
De AR1 a AR9 y AR10, los señalados
En la denuncia, que primero hizo pública a través de sus redes sociales y luego se retomó en una nota informativa, Almaguer Medel declaró que el 13 de febrero de 2019 fue detenido y esposado por nueve policías de la Dirección General de Seguridad Ciudadana de Silao, por ingerir, aparentemente, bebidas alcohólicas en la vía pública. Sin embargo, al remitirlo al juzgado cívico, lo golpearon en la cara, le dieron varias patadas en el pecho y fue rociado con gas pimienta, por lo que, al llegar a las instalaciones, la víctima solicitó atención médica, misma que le fue negada por una juez calificadora, que desestimó sus dichos.
Sólo hasta que quedó en libertad, por propio pie acudió a revisión al IMSS y quedó internado por daños en diversas partes del cuerpo, específicamente en la región de la mandíbula.
El hombre también acudió a la Prodheg a levantar un expediente de queja, por lo que el 20 de diciembre de 2019, esa institución acreditó violaciones al derecho humano a la integridad física y el ejercicio indebido de la función pública, por lo que emitió una Recomendación al entonces alcalde de Silao, el panista José Antonio Trejo Valdepeña, para que sancionara a nueve elementos de la policía local, así como a la juez calificadora adscrita a los separos preventivos.

El presidente municipal remitió a la PDHEG copia de la resolución del Consejo de Honor y Justicia de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, el cual acordó imponer amonestaciones a ocho elementos y una suspensión de tres días sin goce de sueldo al encargado de la detención. Por lo que hace a la juez calificadora, no se acreditó ninguna responsabilidad administrativa.
No obstante Israel Almaguer -funcionario municipal en el trienio del priista Enrique Benjamín Solís Arzola, de 2013-2015-, al ser notificado del cumplimiento de la resolución, en mayo de 2021 presentó ante la CNDH su Recurso de Impugnación por considerar que no se satisfacía la reparación del daño sufrido.
Y finalmente, este miércoles se conoce el pronunciamiento del organismo nacional, al dirigir la Recomendación 119/2022. En el comunicado de prensa se lee:
"De las actuaciones de la PDHEG (hoy Prodegh) y del estudio lógico jurídico de la CNDH, se desprende el daño a la salud causado a la víctima por los golpes recibidos cuando ya estaba sometida, lo que violó su derecho a la integridad física. Por lo que hace a la juez calificadora, se acreditó el ejercicio indebido de la función pública, ya que debió ordenar, de manera oportuna, la atención médica por las lesiones del detenido y aunque solicitó el servicio de la Cruz Roja, no pidió documento alguno que certificara la condición de la víctima".
"Además, si bien es cierto que el Consejo de Honor y Justicia emitió una sanción administrativa, esta se hizo con base en una denuncia de tercera persona por actos cometidos por los mismos servidores públicos, el 14 de febrero de 2019. En consecuencia, el resolutivo no consideró la declaración ni validación del afectado. En cuanto a la improcedencia de la sanción administrativa a la juez calificadora, la CNDH resalta una dilación excesiva de diez meses para determinar la resolución y cuatro meses para notificarla a la PDHEG."
Por lo anterior, la Comisión Nacional pide al presidente municipal de Silao que colabore en el trámite ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato para que se incorpore a la víctima al Registro Estatal de Víctimas y se proceda a la inmediata reparación del daño, que incluya una compensación justa y se le otorgue la atención médica y psicológica que requiera.
Asimismo, pide que se colabore con la Unidad de Asuntos Internos y la Contraloría Municipal en la presentación y seguimiento de las denuncias administrativas que este Organismo Nacional presente en contra de los nueve policías y la juez calificadora por los actos y omisiones en que incurrieron; así como en la denuncia que esta Comisión Nacional presentará ante la Fiscalía Estatal en contra de los nueve elementos de seguridad ciudadana por los hechos aparentemente delictivos señalados en esta Recomendación.
De igual forma, solicita que se imparta un curso de capacitación en materia de respeto a los derechos humanos, tanto a los policías involucrados en la detención de la víctima que sigan en funciones como a la juez calificadora, enfocado a la erradicación de conductas que trasgredan el derecho a la integridad personal de los detenidos y evitar el ejercicio indebido de la función pública.
La Recomendación 119/2022 ya fue enviada a su destinatario y puede ser consultada en la página de la cndh.org.mx.
6 de julio de 2022, 14:38
Explora más contenido de este autor
Descubre más artículos y perspectivas únicas

