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12/5/2025
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Va Comisión de Víctimas por FSPES que detuvieron a buscadoras en protesta, reabren investigación

Insiste Fiscalía de Guanajuato en archivar carpeta por abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza de agentes; jueza Wendy Labra antepone derecho a manifestación

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     La justicia en Guanajuato ha tardado cinco años en escuchar a las cuatro mujeres que acusaron a cinco elementos de las Fuerzas de Seguridad del Estado (FSPE) de abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza, al ser detenidas en una manifestación de familiares de personas desaparecidas efectuada en 2020 en la entrada de la capital: en una audiencia penal se ordenó a la Fiscalía general del estado reabrir la carpeta de investigación iniciada contra los agentes, indagar con exhaustividad su actuación y la de los mandos que intervinieron en ese operativo y en su caso, proceder penalmente.

    Durante los años de Carlos Zamarripa al frente, la Fiscalía se negó a reabrir esta investigación y sostuvo que los FSPES no cometieron delito alguno. Y ahora, ya con el nuevo titular Gerardo Vázquez Alatriste, se mantuvo la misma posición: que no se encontraron pruebas para proceder contra ellos.

    Wendy Labra Galván, la misma jueza que en junio de 2023 avaló la decisión del ministerio público de no ejercer acción penal contra los agentes al considerar que actuaron correctamente porque las manifestantes estaban obstruyendo vías de comunicación, concluyó esta vez todo lo contrario: que los agentes debieron ponderar los derechos humanos a la protesta y a la libertad de expresión atendiendo los estándares internacionales y la Constitución, y no hay elementos para afirmar que las buscadoras actuaron violentamente ese día, como también se afirmó al detenerlas.

    Para tomar esta determinación, que ordena al ministerio público desahogar varias diligencias y tomar testimonios de varios mandos de las FSPE que estaban en funciones el día de la protesta, la jueza citó los estándares sobre los derechos involucrados en la protesta social y las obligaciones de las autoridades, un documento de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) publicado en el 2019.

    Este criterio de la CIDH no lo tuvo a la mano la jueza en 2023, cuando respaldó que se mantuviera archivada esta carpeta.

    Esta vez, en la audiencia celebrada el viernes 15 en los juzgados penales del estado, frente a la jueza Labra estuvieron de un lado de la sala los representantes de la Fiscalía (FGE), José Alejandro Pérez Flores y Marcelino Peña García; del otro lado, los asesores jurídicos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del estado (CEAIV), Karla Leticia Chávez Hernández y Pablo Santiago, representando a Carmen, Karla, Olimpia y Verónica, la primera activista y las otras tres buscadoras de familiares desaparecidos.

    El Estado observando el actuar contra las víctimas del Estado.

    Los fiscales se aferraron a sostener que no hay delito qué perseguir contra los FSPES porque se justificó su actuación al intervenir en la manifestación, y que se realizó una investigación diligente.

    Pero los asesores expusieron que la FGE actuó de manera sesgada y parcial en la investigación, al tomar en cuenta y favorecer sólo las versiones y datos de prueba presentados por los oficiales y la SSPE, por lo que no se esclareció su proceder en las detenciones.

     Investigación sesgada

     La protesta del 10 de julio de 2020 en la Glorieta Santa Fe de la capital fue reprimida por un contingente de antimotines de la corporación dependiente de la Secretaría de Seguridad, con Alvar Cabeza de Vaca al frente. Tras replegar al contingente de decenas de personas (en su mayoría mujeres buscadoras) al área peatonal de la glorieta para liberar el paso vehicular, agentes rodearon a algunas mujeres y llevaron detenidas a cuatro de ellas, así como a un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que presenciaba lo ocurrido, al que dejaron libre poco después.


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    Buscadoras son rodeadas por elementos antimotines de las Fuerzas del Estado al protestar por la crisis de desaparición de personas en la capital (Foto: captura de pantalla de video de la protesta).


    A las cuatro mujeres se las llevaron a los separos de la Policía Preventiva y posteriormente las presentaron al Ministerio Público, acusándolas de obstruir las vías de comunicación y de actuar con lujo de violencia.

    Finalmente, fueron liberadas, con el apoyo del abogado y activista Roberto Saucedo, y denunciaron penalmente a los elementos de las FSPE que las detuvieron, por abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza, por lo que se abrió una carpeta en la Fiscalía.  

    Pero dentro de esta investigación, en los periodos de Alvar Cabeza de Vaca y Carlos Zamarripa como titulares tanto la SSPE como la Fiscalía general del estado se negaron a aclarar quién o quiénes dieron las órdenes para el despliegue y actuación de los FSPE.

    Así, mientras Zamarripa fue fiscal, la FGE archivó en tres ocasiones la denuncia de las cuatro mujeres, las únicas detenidas al final de la manifestación: la primera en octubre de 2020; la segunda en abril de 2022 y la tercera a mediados de 2023, tras varios recursos interpuestos por el abogado Saucedo.  

    La jueza Labra Galván volvió presidir la sala penal este caso, a fin de atender el recurso Z1423-45, resultado de un amparo que se interpuso para reponer el procedimiento sobre la resolución de la Fiscalía.

    La representación de las mujeres víctimas, a cargo de los asesores de la CEAIV, expuso diversos argumentos que resaltaron no solamente la parcialidad del ministerio público al dar más peso a las declaraciones de los elementos de las Fuerzas del Estado y a los oficios entregados por los mandos de la propia corporación y de la entonces Secretaría de Seguridad Pública (ahora llamada Secretaría de Seguridad y Paz), sino que además no hubo exhaustividad porque se dejaron fuera varias declaraciones que debieron tomarse.

    Entre ellas, citaron las de varios mandos de las FSPE: Miguel Ángel Torres Durán, comisario general de las FSPE; Juan Gabriel Chávez Domínguez, director operativo; Osvaldo Chávez Bermúdez, comisario de la Policía estatal de caminos, y Erick Rogelio Macías, encargado del C5, de donde supuestamente los elementos declararon haber “recibido una llamada” para acudir a la glorieta ante una manifestación.

    Tampoco se entrevistó a Prisciliano José Gutiérrez, quien era una de las personas que iba al frente del contingente de manifestantes y el cual, según varios testimonios mencionados en la audiencia, incitó a las personas a mantenerse en la vía y en un momento llegó a lanzar algunos golpes a elementos de las FSPE.

    Los asesores resaltaron el hecho de que los informes del C5 refirieron que fue imposible contar con las videograbaciones de las cámaras instaladas en la zona de la glorieta Santa Fe porque éstas “se encontraban inhabilitadas”, lo cual no pudo ser constatado y no se corroboró por parte de la Fiscalía.

    Incluso mencionaron que ante esa presunta falta de funcionamiento de las cámaras, no se resguardaron las grabaciones de radiocabina para verificar cómo se ordenó o dispuso el despliegue de los más de 140 elementos de las Fuerzas que cercaron a las buscadoras ese día.

    Y pidieron que las videograbaciones con las que se cuenta, varias de ellas tomadas por particulares, sean revisadas por un perito independiente, ante dudas que prevalecen sobre los peritajes efectuados por personal de la Agencia de Investigación Criminal.

    “La Fiscalía nunca ha aclarado la actuación de los mandos operativos, no quedó claro de quién dependió la operatividad del grupo antimotines, esto no ha sido investigado”, remarcaron los asesores de las buscadoras.

    “Esta fue una manifestación pacífica por una crisis de desaparecidos en el estado; decenas de elementos antimotines que fueron replegando a los manifestantes al centro de la glorieta. Se argumentó que eran detenidas por obstrucción de las vías de comunicación y actos de violencia, pero se les detuvo después de que ya se les había replegado. No se realizó una valoración integral y armónica de los datos de prueba, en un contexto de manifestación, derecho reconocido internacionalmente”, dijeron los asesores.

    Resaltaron las contradicciones sobre la cadena de mando del operativo: “Los 17 elementos que declararon dijeron haber llegado por una llamada del C5, que no recibieron indicaciones y que decidieron actuar para replegar la protesta ante la obstrucción de las vías, no señalan a ningún mando”.

    Pero en la carpeta está el informe de Jesús Alejandro Camacho Escobar, comisario de la Policía Preventiva municipal, quien dijo que al acudir a la glorieta por la protesta, ya había gente de FSPE y se le informó que Juan Gabriel Chávez Domínguez, director operativo, estaba a cargo.

    “Los 17 elementos (que declararon, de los 141 que intervinieron) actuaron bajo órdenes, no por una autonomía que la FGE ha pretendido justificar”, expresaron en su intervención los asesores de la CEAIV.

     Derecho a la manifestación, siempre sí: jueza

    Cuatro horas más tarde, la jueza penal Wendy Labra Galván dio a conocer su resolución: la Fiscalía debe reabrir la investigación y llegar hasta el fondo del caso, ante las omisiones y la falta de desahogo de varias pruebas y diligencias.

    La jueza señaló que las expresiones de las buscadoras (como el hecho de que no quisieran moverse del lugar y que gritaran “¡Ni una más, ni una más!”) obedecieron al ejercicio de sus derechos a la manifestación y a la libertad de expresión, y que ellas reaccionaron a la presión que ejercían los FSPES, por lo que no puede considerarse que actuaron violentamente.

    “La autoridad debe ser tolerante cuando hay cierta perturbación de la vida cotidiana”, dijo. Los empujones no constituyen violencia… En este marco en donde la autoridad tiene que respetar, garantizar, proteger los derechos humanos, tiene que haber cierto nivel de tolerancia; insultos tampoco pueden ser considerados violencia”.

    Y en su explicación, la jueza lanzó varias preguntas:

    “¿Desde el principio llegaron con la intención de generar violencia, llegaron a golpear vehículos, a destruir la vía pública, a destruir banquetas, árboles, edificios o estas reacciones empezaron cuando la policía intervino para dispersar la manifestación? Esto debe tomarse en cuenta para analizar si fueron violentas o no… ¿Ellas empezaron a reaccionar como una respuesta a lo que habían hecho los policías o desde un principio deliberadamente dijeron: vamos a ser violentas? ¿O empezaron a reaccionar cuando la policía llegó, cuando las empezaron a replegar a la glorieta?”.

    Y también cuestionó si realmente hubo desde el principio un diálogo por parte de las autoridades o los FSPES. “¿Llegaron a imponer, o hubo la oportunidad de que se dispersaran? Les avisaron que iban a retirar los vehículos, incrementaron los niveles de tensión porque dijeron: los vamos a quitar, ya están aquí las grúas, y esas reacciones fueron reacciones situacionales”.

    Además de su obligación a privilegiar el principio pro persona, dijo la jueza Labra, la autoridad tiene “debe de mantener lo más bajo posible los niveles de tensión para evitar actos violentos”.

    Tampoco fue suficientemente indagado, dijo, si los policías llegaron al lugar, actuaron por iniciativa propia o alguien les dio la orden de llegar y proceder como lo hicieron. Cuestionó que la Fiscalía llegar a la conclusión de que los FSPES actuaron reaccionando sin recibir órdenes, solo porque así lo declararon los 17 elementos, a lo que se tomó testimonio. “Esa valoración no atiende a la lógica”.

     

     


    17 de agosto de 2025, 20:18

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